Con un video, Mauricio Trejo defiende su adminsitración y las observaciones a su gobierno

Redacción

newssanmiguel@gmail.com

 

A través de un video con duración de 2 minutos y 50 segundos, el ex alcalde Mauricio Trejo defendió la administración que encabezó del año 2012 al 2015 y donde recalca que las observaciones que realizó el Órgano Superior a su administración, fueron por errores administrativos y dude criterios de algún auditor que señala no se aplicaron los procedimientos correctos.

Asegura que durante su gestión se ejercieron 2 mil 500 millones de pesos de los cuales el Órgano Superior observó sólo 16 millones 342 mil pesos, es decir, el 0.5 por ciento del total del presupuesto ejercido durante su gestión.

«Son observaciones que no son sustracción ilegal del dinero o donde algún ex funcionario se haya metido un dinero a la bolsa, fueron de procedimientos por papelería o criterios de un auditor que piensa que la manera de hacerlo no fue la correcta, pero no hay ningún señalamiento de sustracción de dinero ilegal», indica en su video.

El pasado 20 de febrero, el alcalde Ricardo Villarreal, durante una conferencia, anunció que su gobierno interpuso 9 denuncias penales por diversos delitos contra ex funcionarios que participaron en el gobierno de Mauricio Trejo Pureco y donde advertía un daño al erario público por más de 27 millones de pesos.

Durante esa conferencia indicaba la simulación de contratos y pago de servicios a empresas propiedad de familiares de ex funcionarios, pago de “aviadores” en la nómina, proyectos que cobraron por realizar «copa-paste» y otros más.

Fue durante la sesión de Ayuntamiento del pasado 12 de junio que el alcalde Villarreal presentó ante el Ayuntamiento el informe enviado por el Congreso del Estado al gobierno de San Miguel de Allende donde piden resolver 55 denuncian administrativas, 26 demandas civiles y 16 denuncias penales contra ex funcionarios públicos. En esa sesión el alcalde Villarreal instruyó a la Contraloría Municipal, a la Secretaría de Ayuntamiento, como a la Dirección Jurídica haga caso de estas observaciones.

Durante el video del ex alcalde Mauricio Trejo, indica que al ser él quien representó el gobierno del 2012 al 2015, «doy la cara y te la voy a seguir dando. Los exfuncionarios están tranquilos porque podrán aclarar cualquier situación civil, administrativa o penal que se les presente», dijo.

«Por el monto de las observaciones, fue una de las administraciones más eficientes y te voy informar de los procesos que aclaren ante el Órgano Superior de la administración. Solo fueron procedimientos y de todo el presupuesto sólo el 0.05% de los recursos ejercidos  están en observación. Fuimos de las administraciones más eficientes», concluye el ex alcalde Mauricio Trejo.

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Contexto de algunas de las observaciones:

1.- De la conciliación bancaria de la cuenta 0088182050101, se observó la existencia de abonos del banco pendientes de registrar por el Municipio que corresponden a pagos realizados por el banco, no registrados en su contabilidad. No se proporcionó documentación que compruebe o acredite el uso y destino del recurso.

Responsabilidad: Secretario de Ayuntamiento (Febrero de 2013), Tesorero Municipal (Febrero de 2013); los Servidores Públicos que solicitaron los servicios de Juan Alejandro Gómez Vázquez y Bautista López Silvestre.

2.- En la cuenta 112300003 de Gastos por comprobar, se observó que al 31 de diciembre de 2014, no se comprobaron reintegrados y/o descontados vía nómina los recursos otorgados al Tesorero Municipal como gastos por comprobar. Dicho recurso fue reintegrado con posterioridad pero sin respetar los procedimientos.

Responsabilidad:  Tesorero Municipal y servidores públicos que hayan propiciado la falta de descuentos vía nómina al servidor público. Total: $42 mil pesos. Se puede proceder a denuncia por la posible comisión del delito de peculado.

3.- En la cuenta  112300003 denominada Gastos por Comprobar se observó que el Municipio otorgó recursos a quien ocupó el cargo de Regidor, Tesorero y Secretario de Ayuntamiento, todos los recursos bajo la modalidad de gastos por comprobar sin acreditarse que el recurso fue utilizado en algún evento o comisión de carácter oficial o en su defecto haber realizado las gestiones para el descuento vía nómina. Pese a que dicho recurso fue reintegrado con una posterioridad de hasta 256 días, subsiste la presunta responsabilidad administrativa
Responsabilidad: Se tiene como presuntos responsables a los servidores públicos que durante los hechos observados fungieron como Regidor, Tesorero Municipal y Secretario de Ayuntamiento.

4.- De la cuenta 112300011 denominada Anticipos de nómina se observó el pago por concepto de adelantos de aguinaldo a empleados de la administración de las áreas de Contabilidad y Presupuesto, Tesorería, Oficialía Mayor y Contraloría, sin contar con disposiciones que regulen su otorgamiento.

Responsabilidad.-  Tesorero Municipal, Director de Contabilidad y Presupuesto, Oficial Mayor Administrativo así como los servidores públicos que hayan propiciado o intervenido en el hecho.

5.- . De la cuenta 113100001, se observaron pagos a la totalidad del personal operativo y administrativo de la Dirección de Tránsito y Transporte Municipal por concepto de gratificación cuyo pago fue autorizado por el Presidente Municipal, sin embargo, no existen disposiciones o lineamientos que regulen su otorgamiento
Responsabilidad.- Director de Tránsito y Transporte Municipal, Tesorero Municipal y Jefe de Recursos Humanos, así como cualquier servidor público que haya intervenido, autorizado y propiciado el hecho.

6.- En la cuenta 513303331 denominada Servicios de Consultoría Administrativa, se registraron pagos al prestador de servicios INVERMEC SC de los cuales no se proporcionó el contrato de prestación de servicios, ni la documentación comprobatoria que acreditara el uso y el destino del recurso, la recepción de conformidad de los bienes, obras o servicios que garantizara que constituyeran un gasto público que debió ser cubierto con recursos del Municipio.
Responsabilidad.- Tesorero Municipal, Secretario Particular del Presidente Municipal y demás servidores públicos que hayan propiciado o intervenido en el hecho.

7.- Se observaron pagos que fueron registrados en la cuenta 322000005 denominada “Resultado del ejercicio 2013” y en la cuenta 513303331 denominada “Servicios de consultoría administrativa” a dos proveedores: RSM Bogarín y Cía S.C. y Aldo Arturo Lara Juárez, de los cuales no se proporcionó evidencia documental que acreditara la prestación y recepción de conformidad de los servicios que justificaran las erogaciones realizadas. Responsabilidad: Tesorero Municipal, y demás servidores públicos que hayan intervenido o propiciado los hechos.

8.- En la cuenta de ingresos 416206103 denominada multas de Tránsito y transporte municipal, se observó que de un total de 810 folios de infracciones no se proporcionó evidencia que acredite que fueron pagados, cancelados, no utilizados o se cuente con un documento retenido en garantía.
Responsabilidad: agentes de tránsito y transporte, 1er oficial, sub oficiales, 2do comandante operativo, oficiales de tránsito municipal así como los servidores públicos que hayan propiciado o intervenido en el hecho.

9.- En la cuenta contable número 513103173, denominada “Servicios de Procesamiento de información”, así como en la cuenta 513303331 denominada “Servicios de consultoría administrativa”, en la cuenta 512102142 denominada “Equipos menores de tecnologías de la información y comunicación” y en la cuenta 124135151 denominada “Computadoras y equipo periférico”, se observó que durante el ejercicio fiscal 2013, el Jefe de Departamento de Informática, solicitó el pago al proveedor Jessica Paola Trejo Ceballos, aún cuando dicho servido público tenía un interés personal (concubina) con el proveedor.

Responsabilidad: Jefe de Departamento de Informática.

10:- En la cuenta contable 513303331 denominada “Servicios de Consultoría Administrativa”, se identificó el pago de factura al prestador de servicios denominado INVERMEC S.C., de la cual se observó que los estudios que sustentan su pago incluyen cuestionarios dirigidos a la ciudadanía relativos a obtener información respecto al posicionamiento del Alcalde a título personal y no de manera institucional, así como de la percepción de los diferentes Presidentes Municipales de Comonfort, Doctor Mora, San José Iturbide, Tierra Blanca, que integran el Distrito Federal II del Estado de Guanajuato.
Responsabilidades: Secretario Particular del Presidente Municipal así como el servidor público que autorizó y solicitó la contratación del prestador de servicios INVERMEC S.C.

10.- En la cuenta contable 513303391 denominada Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos Integrales, se observó que se realizó el pago por concepto de reembolso de gastos médicos de cirugía al regidor Leonardo Gustavo Carrillo Vázquez sin que hayan sido canalizados por el Coordinador Médico de Presidencia, como lo establece el Reglamento de Asistencia Médica para los Miembros de la Administración Pública Municipal de San Miguel de Allende, Guanajuato.

Responsabilidad: Oficial Mayor Administrativo, quien solicitó el pago de gastos médicos a favor del Regidor Leonardo Gustavo Carrillo Vázquez, validando las facturas que acreditan los gastos médicos, sin cumplir con la totalidad de los requisitos que establece el Reglamento citado.
Responsabilidades: Oficial Mayor Administrativo y los servidores públicos que hayan propiciado o participado en el hecho.

11.- En la cuenta número 513303391 denominada “Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos Integrales”, correspondiente a los ejercicios fiscales 2013 y 2014, se observaron pagos por concepto de reembolso de gastos médicos dentales a empleados del Municipio, sin que se acreditara que dichos gastos estuvieran considerados dentro de los contratos suscritos con los dentistas.
Responsabilidades: Coordinadora de Salud y Oficial Mayor Administrativo quienes autorizaron los reembolsos mencionados.

12..- En la cuenta contable 513403441 denominada “Seguros de responsabilidad patrimonial y fianzas”, se observó que en el ejercicio 2013, el Municipio pagó un importe a la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, por incumplimiento del pago total de laudos. Por lo que el no haber dado cumplimiento a cada una de las sentencias laborales ocasionó que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje emitiera multas y gastos de ejecución.
Responsabilidades: Coordinadores Generales del Área Jurídica y demás servidores públicos que hayan intervenido y propiciado los hechos.

13.- En la cuenta contable 524104411 denominada “Gastos relacionados con actividades culturales, deportivas y ayudas”, se observó que el Municipio otorgó una ayuda económica de 15 mil  pesos al presidente del Ejido la Petaca, para que en este último realizara el pago de una multa que le interpuso la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato, por extracción indebida de tepetate, y el cual como consecuencia de la auditoría fue reintegrado.
Responsabilidades: Tesorero Municipal y demás servidores públicos que hayan intervenido en los hechos observados.

14.- En la cuenta contable 524104411 denominada “Gastos relacionados con actividades culturales, deportivas y ayuda”, se observó el otorgamiento de un apoyo realizado por parte del Secretario Particular del Presiente Municipal, al C. José Martiniano Jorge Ramírez González, mediante cheques, por la cantidad de $5,000.00 pesos y $31,700.00 pesos, teniendo un total de $36,700.00 pesos. El beneficiario al ser cuestionado manifestó que únicamente cobró el cheque por la cantidad de $5,000.00 pesos y los $31,700.00 pesos restantes, fueron cobrados por Guillermo Guzmán García, mediante un supuesto endoso del cheque realizado por el beneficiario. Responsabilidad: Secretario Particular del Presidente Municipal y los demás servidores públicos que hayan intervenido en el hecho.

Entre otras observaciones más…

 

 

 

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