Redacción
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CIUDAD DE MÉXICO. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación, avaló el derecho al aborto en niñas desde los 12 años, sin el permiso de sus padres.
Con nueve votos a favor y uno en contra, el Pleno de la Suprema Corte de México desechó este martes las controversias 45/2016 y 53/2016, emitidas por los congresos de Aguascalientes y Baja California en el 2016, que señalaban violaciones a las facultades legislativas de los congresos estatales con respecto a los delitos de violación y aborto. Además de afectaciones al interés superior de la niñez por permitir el aborto a las niñas menores de 12 años sin el consentimiento de sus padres.
«Ninguna niña puede ser obligada a ser madre, ni por el Estado, ni por sus padres, madres o tutores. Aquí, la transgresión a sus derechos es más grave, no sólo por su calidad de víctimas, sino por cuestión de su edad que obliga a analizar la cuestión desde la perspectiva del interés superior, de las personas menores de edad», recalcó el ministro presidente Arturo Saldivar, refiriéndose a los casos de violación en menores.
Se recalcó que toda institución de salud pública y privada que realiza servicios de interrupción del embarazo legal en el país, no deben negarse a dar la atención a ninguna víctima de violación, pues es un derecho que ellas tienen, de decidir interrumpir un embarazo «no deseado», producto de una violación.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la constitucionalidad de las modificaciones a los puntos 6.4.2.7, 6.4.2.8, 6.6.1 y 6.7.2.9 de la NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención, publicadas el 24 de marzo de 2016.
Las disposiciones antes señaladas establecen, entre otros aspectos, que las instituciones públicas de atención médica deberán prestar servicios de interrupción voluntaria del embarazo, conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas de protección a los derechos de las víctimas, previa solicitud por escrito bajo protesta de decir verdad de la persona afectada de que el embarazo es producto de una violación, además de que tratándose de personas menores de 12 años de edad, se realizará a solicitud de su padre y/o su madre, o a falta de éstos, de su tutor o conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.