27 de agosto, la fecha en que bodas y callejoneadas vuelven a San Miguel de Allende

Redacción

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Fotos de Penzi Bodas

SAN MIGUEL DE ALLENDE.- Esta tarde el Ayuntamiento de San Miguel de Allende aprobó los lineamientos y condiciones de prevención para una reapertura de actividades ordenada, gradual y sostenible, de los eventos sociales como bodas convenciones frente a la pandemia del COVID-19.

Foto: Penzi Bodas

La organización de bodas, eventos y convenciones son parte fundamental de la industria turística del Municipio que se basan en la concentración de personas.

Ante eso, los integrantes del gremio, el sector salud y el Gobierno Municipal, desarrollaron mesas de trabajo y diagnóstico para evaluar los procedimientos indispensables que garanticen la seguridad de esa actividad en el momento en que sea posible desarrollarla.

Este es el protocolo compartido por el Gobierno municipal y que fue aprobado hoy en el Cabildo. Va tal cual.

Y estos son algunos de los protocolos que hay que seguir:

  1. Adoptar las mejores prácticas internacionales en sanidad, higiene y prevención.
  2. Aprovechar las herramientas diseñadas por la Secretaría de Turismo del Gobierno del Estado para fomentar comportamientos que privilegien la salud, la sanidad e higiene de espacios y servicios turísticos y el prestigio nacional e internacional de nuestro destino.
  3. Desarrollar mecanismos para que los trabajadores de esta industria turística desarrollen habilidades apropiadas para brindar sus servicios conforme a las mejores prácticas sanitarias frente al COVID-19

LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE ORGANIZACIÓN DE BODAS, EVENTOS SOCIALES Y CONVENCIONES, Y PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS RECINTOS DONDE SE LLEVAN A CABO.

  1. LINEAMIENTOS GENERALES.
  1. Para la organización de bodas, eventos sociales o convenciones serán aplicables los lineamientos y protocolos generales aprobados por el Ayuntamiento de San Miguel de Allende, en materia de sanitización (higienización) de los establecimientos o recintos, del manejo y capacitación de personal, del manejo, limpieza y desinfección de mobiliario y equipos y del manejo, limpieza y desinfección de todo el material recibido de proveedores.
  1. La actividad de organización de bodas, eventos sociales y convenciones podrá iniciar su reapertura a partir del 27 de agosto. En esta reapertura se iniciará con eventos de un máximo de 60 personas entre asistentes y personal. El Municipio determinará las fechas en que puede incrementarse el número de personas en los eventos y lo notificará a las empresas.
  1. Para iniciar operaciones, las empresas organizadoras y de recintos deberán obtener, previamente, la certificación “Primero la Salud” que expide el Gobierno de San Miguel de Allende, Guanajuato, conforme al procedimiento establecido en el portal www.sanmigueldeallende.gob.mx;. El proceso de certificación se desarrollará a partir del 27 de julio de 2020.
  1. Para obtener la certificación, todo el personal de las empresas organizadora y de recintos, así como las personas que colaboren con ellas en la prestación del servicio deberán acreditar haber recibido las capacitaciones del IMSS: “Todo sobre la prevención del covid-19” y “Recomendaciones para un retorno seguro al trabajo ante el  covid-19”, localizables en la dirección electrónica climss.imss.gob.mx
  1. Las empresas organizadoras de eventos deberán obtener la certificación “Guanajuato Sano” expedida por el Gobierno del Estado, conforme al procedimiento establecido en el portal http://200.33.114.88/moodle/
  1. Los trabajadores que presten sus servicios a las empresas organizadoras de eventos o de arrendamiento de recintos, deberán obtener la certificación “Guanajuato Sano” expedida por el Gobierno del Estado, conforme al procedimiento establecido en el portal http://200.33.114.88/moodle/
  1. Las empresas que presten servicios de arrendamiento de recintos deberán obtener la certificación “Guanajuato Sano” expedida por el Gobierno del Estado, conforme al procedimiento establecido en el portal http://200.33.114.88/moodle/
  1. Una vez que estén disponibles las herramientas de capacitación para los trabajadores que presten sus servicios a las empresas organizadoras de eventos o de arrendamiento de recintos, generadas por la Secretaría de Turismo del Estado, será obligatorio para todos los trabajadores de este sector, acreditar haber obtenido las certificaciones o constancias que, en su caso, determine la propia Secretaría;
  1. Las autoridades municipales acreditarán que se cuenta con las certificaciones detalladas en los puntos anteriores y, en su caso, impondrán las sanciones que correspondan a quienes presten servicios incumpliendo esta obligación.
  1. SANITIZACIÓN E HIGIENE DE RECINTOS Y EQUIPO.
  1. El recinto donde se celebrará el evento deberá realizar los procedimientos de sanitización exhaustiva antes del inicio.
  1. Garantizarán el abasto de insumos para el lavado y desinfección del recinto y equipo.
  1. En los recintos cerrados se deberá garantizar que cuente con ventilación natural o mecánica. Si cuentan con aire acondicionado deberá de limpiar y desinfectar filtros.
  1. Incrementar la frecuencia de limpieza de sanitarios en lo general y en objetos susceptibles, como son las manijas, grifos, dispensadores, etc. Evitar por completo el uso de toallas de tela y contar con dispensadores de toallas de papel desechables.
  1. En los recintos, durante el evento, se implementará un programa de la desinfección periódica, utilizando una solución clorada para limpieza, en las áreas con mayor contacto y flujo de personas y en las áreas comunes, mediante las siguientes pautas:
  1. Mesas y sillas: de manera previa al inicio del evento.
  1. Sanitarios, cada hora.
  1. Todos los utensilios, amenidades, adornos y similares, de manera previa al evento.
  1. En el área de alimentos: limpiar y desinfectar las líneas de preparación, carros, transportadores y utensilios de cocina.
  1. Los trapos de limpieza deberán pasar por un proceso de desinfección cada que sean utilizados.
  1. Quienes cuenten con servicio de valet parking deberán desinfectar el volante, las llaves, la palanca de velocidades y las manijas de las puertas al recibir el vehículo y antes de ser entregado nuevamente.
  1. Colocar mecanismos de sanitización del calzado en las entradas principales del recinto, realizando el recambio de sanitizante cada hora y contar su bitácora de cambio sin excepción.
  1. Implementar el filtro sanitario en los accesos del recinto.
  1. Comisionar personal que opere el filtro sanitario.
  1. Es obligatorio para todos los trabajadores el uso de elementos de seguridad que les sean entregados, según corresponda (careta, guantes, cubrebocas, cofia, etc.) Hasta que se levante la alerta sanitaria.
  1. Llevar un registro de las medidas implementadas para la reducción del riesgo del Covid-19 en una bitácora de limpieza y desinfección y en una bitácora de ausencia de síntomas de los empleados.
  1. Capacitar a los empleados sobre la información que tienen que dar a los invitados acerca de las medidas de higiene y seguridad implementadas en el recinto.
  1. REGLAS ESPECÍFICAS PARA LOS SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN DE BODAS, EVENTOS SOCIALES, CONVENCIONES Y RECINTOS.
Penzi Bodas, una de las wedding planner más importante de San Miguel de Allende.
  1. Los recintos quedan sujetos a las obligaciones que les correspondan conforme a estos lineamientos. Se entiende por recintos los espacios comprendido dentro de ciertos límites (muros, vallas, etc) que se utilizan con el fin de realizar un evento social o de negocios.
  1. Para el proceso de venta, los prestadores de servicios generarán un sistema de visitas virtuales que ofrezca a sus clientes la alternativa de seleccionar el producto deseado sin necesidad de visitar presencialmente los recintos y demás sitios ofertados. Este sistema no restringe derechos de los clientes de optar por la visita presencial.
  1. Los organizadores generarán una base de datos de las personas que asistan a los eventos para, en caso de riesgos de contagio de COVID-19, proporcionar a las autoridades sanitarias, la información de contacto necesaria. Esta información sólo tendrá fines de control sanitario.
  1. Los organizadores generarán mecanismos y procedimientos para informar a sus clientes y a los asistentes de las medidas y protocolos de seguridad sanitaria que operarán en el evento respectivo.
  1. Será obligatorio para los asistentes a los eventos portar cubrebocas antes de ingresar al recinto y al salir de él.
  1. Está permitido el uso de blancos en estos eventos sujeto a las siguientes reglas:
  1. Todos los blancos deberán lavados de manera previa a su colocación (de preferencia con agua caliente arriba de los 60°C o desinfectados por medios químicos);
  1. El personal del organizador será responsable de retirar los blancos usados y depositarlos en los recipientes determinados para ese fin (en bolsas plásticas específicas para su posterior lavado y desinfección).
  1. Serán enviados a lavado y desinfección en bolsas plásticas al concluir el evento.
  1. Está permitido el montaje de mesas previo al inicio del evento, disminuyendo, en lo posible los adornos y los objetos de uso común (saleros, ceniceros, etc., mismos que deberán estar desinfectados previamente).
  1. Las mesas deberán estar colocadas con un mínimo de 2 metros de distancia entre ellas.
  1. Cuando se trate de eventos para máximo 60 personas, podrán ocuparse todos los espacios de las mesas; cuando se trate de eventos de máximo 150 personas, sólo se ocupará el 70% de los espacios de las mesas; cuando se trate de eventos de más de 150 personas, sólo se ocupará el  50% de los espacios de las mesas.
  1. Los recintos no deberán rebasar el aforo permitido, considerando asistentes y personal;
  1. Los menús serán desechables;
  2. No se permitirán servicios tipo buffete;
  3. No se permitirá el autoservicio.
  1. En los eventos no se instalarán estructuras específicas para baile.
  1. Para celebrar callejoneadas se deberá contar con la autorización municipal. Una vez que el municipio las autorice, deberán respetarse las reglas que al efecto se emitan.
  1. REGLAS PARA CASOS DE PERSONAS CON SÍNTOMAS SOSPECHOSOS DE COVID-19.
  1. En el caso de que algún o algunos asistentes presenten síntomas que puedan relacionarse con el COVID-19, el organizador solicitará la presencia de un médico para que evalúe a la persona.
  1. Si el médico consultado determina que los síntomas pueden ser causados por COVID-19, el organizador solicitará a la o las personas afectadas que se trasladen a un punto aislado, dentro o fuera del recinto, conforme lo decida el organizador, y solicitará la presencia de la autoridad sanitaria residente en San Miguel de Allende en el contacto que le proporcione el Ayuntamiento.
  1. Se esperará el arribo de la autoridad sanitaria y, tras la valoración correspondiente, se acatarán las instrucciones que esa autoridad dicte.
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Comments

jamg

No existe contradicción más aberrante, que la propia contradicción.
Al abrir los hoteles aún con toda la seguridad del mundo, estás abriendo la puerta de pandora.
O se abre todo o se queda como estamos, no puedes estar atorando a todos en su economía, mientras tu como servidor público recibes un sueldo oneroso, mal aplicado y sin resultados, con la más amplia ventaja de obtener permisos, terrenos a bajo precio aprovechando los estudios (Ordenamiento Territorial) que nosotros pagamos y que no has dado a conocer a la ciudadanía, beneficiando sólo a un pequeño grupo de tus amistades o socios. La inseguridad es más que obvia y tardaste mucho tiempo en cambiar a los que vinieron de vacaciones y no lo dudo que a comprar alguna casa, terreno o instalar algún negocio en esta entidad que bajo la falsa justificación de crear una secretaría les pagas como expertos, solo para ayudar a estos tus amigos, compadres o como le gustes llamar.
Espero que ahora sí el pueblo de San Miguel de Allende se ponga a pensar en todo el mal que has hecho a esta ciudad bajo la excusa de darles limosnas a cambio de millones de pesos.

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