Con 34 votos a favor de los morenistas avalan en comisiones el uso lúdico de mariguana

Redacción

Newssanmiguel@gmail.com

CIUDAD DE MÉXICO. – Con 34 votos a favor de los morenistas, las comisiones unidas de Justicia y de Salud aprobaron, con cambios, el dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis.

El dictamen fue avalado con 34 votos a favor de los morenistas, 11 en contra y 12 abstenciones. Se envió a la Mesa Directiva para los efectos reglamentarios conducentes y en el Pleno se desahogará la discusión en lo particular.

Los diputados federales decidieron hacerle una cirugía mayor a la minuta que aprobaron los senadores en noviembre pasado, se eliminó la creación del Instituto Mexicano para la Regulación del Cannabis.

La Ley Federal para la Regulación del Cannabis consiste en lo siguiente.

El objetivo es la regulación de la producción y comercialización del cannabis y sus derivados, bajo el enfoque de libre desarrollo de la personalidad, salud pública y respeto a los derechos humanos.

Se precisa que en el caso de los usos medicinal, paliativo, farmacéutico, o para la producción de cosméticos, así como el uso científico para dichos fines, se estará a lo dispuesto por la Ley General de Salud y demás normatividad aplicable.

Detalla que la producción de cannabis y sus derivados tendrá los siguientes fines:

Autoconsumo: Producción en casa para uso personal con fines lúdicos y producción por asociaciones de cannabis para consumo por los asociados para uso lúdico; producción para la comercialización y venta con fines lúdicos; producción con fines de investigación, y producción de cáñamo para fines industriales.

Personas mayores de 18 años podrán consumir cannabis psicoactivo.

El consumo deberá realizarse sin afectar a terceros, especialmente a personas menores de edad. Queda prohibido el consumo de cannabis en lugares denominados como “100% libres de humo de tabaco”, así como en las escuelas, públicas y privadas, de cualquier nivel educativo. En dichos lugares se fijarán los letreros, logotipos y emblemas que establezca la Comisión Nacional contra las Adicciones.

Precisa que la venta del cannabis psicoactivo y sus derivados para uso lúdico se realizará exclusivamente dentro del territorio nacional, en los establecimientos autorizados por la Comisión en los términos de la presente Ley. Queda prohibido el consumo de cannabis psicoactivo con fines lúdicos por personas menores de dieciocho años. 

La ley también indica que, previo otorgamiento del permiso correspondiente por parte de la Conadic, cualquier persona mayor de 18 años podrá cultivar y poseer en su lugar de residencia habitual hasta seis plantas de cannabis exclusivamente para su consumo personal con fines lúdicos. Las plantas deberán permanecer en la vivienda o casa habitación autorizada. Donde residan más de una persona consumidora mayor de 18 años, el número de plantas será de un máximo de ocho.

Previo otorgamiento del permiso correspondiente por la Conadic, las personas mayores de 18 años podrán constituir asociaciones de cannabis, sin fines de lucro, para cultivar y poseer plantas de cannabis psicoactivo para consumo de los asociados con fines lúdicos. Las asociaciones deberán constituirse con un mínimo de dos y un máximo de 20 personas mayores de edad.

La ley también indica que toda persona que produzca o distribuya cannabis y sus derivados para su comercialización y venta con fines lúdicos requerirá una licencia. Las licencias otorgarán el derecho de realizar, total o parcialmente, las actividades de la cadena productiva del cannabis y sus derivados para su venta, en los establecimientos autorizados, con fines lúdicos a mayores de 18 años.

Con información de Cámara de Diputados

Da clic en el siguiente enlace para ver información completa. http://comunicacionnoticias.diputados.gob.mx/comunicacion/index.php/boletines/aprueban-comisiones-con-cambios-dictamen-a-la-minuta-que-expide-la-ley-federal-para-la-regulacion-del-cannabis#gsc.tab=0

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