Redacción
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SAN MIGUEL DE ALLENDE.- Esta semana, un o un juez de distrito del Poder Judicial de la Federación, dio un ultimátum de 24 horas al gobierno del priista Mauricio Trejo Pureco para retirar la ampliación e la banqueta de la calle Juárez, por incumplir una orden de suspensión de una autoridad federal y violentar con ello la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, artísticos e históricos de de la Nación.
El tiempo para retirar la banqueta venció el pasado viernes.
Fue en resolución del 7 de noviembre, donde el Juez del Segundo Distrito determinó que hubo violación al amparo federal promovido por una empresa de transporte turístico, donde se determina que hubo violación a la Ley Federal de Monumentos y también un desacato a una orden de suspensión de obras por parte de una institución federal, además del impedimento para que los tranvías y/o turibuses realicen sus recorridos respetando sus rutas y zonas de ascenso y descenso.
El amparo determina que Alcalde priista, Mauricio Trejo, junto con los directores de Patrimonio (José Emilio Lara Sandoval), la directora de Obras (María Elena Vázquez Muñoz), el Secretario de Seguridad (Gabriel Arturo Yáñez Saldaña) y el de Tránsito (Jorge Salas Luna) incurrieron en el desacato a la resolución de levantar la banqueta y permitir la circulación de los tranvías respetando sus rutas y zonas de ascenso y descenso.
Además, a la Secretaría de Seguridad, a cargo de Gabriel Arturo Yáñez Saldaña y de Tránsito, con Jorge Salas Luna a cargo, les pidieron entregar un informe sobre los «eventos» por los cuales cerraron el centro histórico y por los cuales no permitieron pasar las unidades, tal como quedó grabado ese día el elemento Humberto Bautista, quien fue quien transmitió el mensaje a los empresarios.
Gabriel Yáñez y Jorge Salas, enviaron un oficio explicando la «importancia del peatón», pero nunca las pruebas de la relación de eventos que el elemento Humberto Bautista les comunicó los empresarios, para no dejarlos circular:
«De las manifestaciones que preceden no se desprende que las autoridades responsable tuvieran un impedimento jurídico para no acatar la suspensión provisional aquí otorgada, pues sólo se limitan a exponer las circunstancias por las cuales -arguyen- tomaron la decisión de modificar la calle de que se trata; sin embargo, ello no puede considerarse suficiente para no cumplir con lo ordenado en la suspensión», se lee en el documento con sellos del Poder Judicial de la Federación.
En la misma resolución, dan un plazo de 24 horas (a partir del día de la notificación, que fue el jueves pasado), para retirar el material de la banqueta ante las constantes violaciones a las leyes federales y debido a que el director de Patrimonio, José Emilio Lara y la directora de Obras, María Elena Vázquez, no pudieron justificar el por qué y bajo qué proyecto lo realizaron, por ello:
- » Por lo tanto, al no haber cumplido con el aspecto de aportar las pruebas que sustentaran su dicho, es que sus argumentaciones sean inatendibles, motivo por el cual, las autoridades responsables no han dado cumplimiento a la medida cautelar otorgada, es decir:
«Retiren el material de construcción relativo a la ampliación de banqueta reclamada y dejen como originalmente estaba el espacio sobre el cual se ejecutó esa obra; y se abstengan de realizar diversa construcciones en ese lugar«.
«Se les apercibe que de no hacerlo así en el término otorgado, se actuará conforme al artículo 262, fracción III, de la Ley de Amparo, para mayor claridad se transcribe el número citado:
- “Artículo 262. Se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución e inhabilitación de 3 a 9 años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión:
1.– No obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra - 2.- No obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra.
Hasta la tarde de este domingo, es decir 48 horas después del plazo, la banqueta seguía con la modificación hecha bajo la dirección de María Elena Vázquez, directora de Obras Públicas y la supervisión de José Emilio Lara, director de Patrimonio.
Y se lee:
«Al encontrarse reunidos los requisitos para la procedencia de la suspensión de los actos reclamados, este Tribunal Colegiado concede dicha medida cautelar, para el efecto de que las autoridades responsables, dentro de su ámbito de competencia, realicen lo siguiente:
- Permitan a los aludidos vehículos (tranvías-turibuses) de la parte impetrante, que tienen autorización para la prestación del servicio de transporte turístico, el ingreso al Centro Histórico de la ciudad de San Miguel de Allende, Guanajuato, para prestar ese servicio, en términos del permiso correspondiente; lo anterior, siempre y cuando no trasgredan alguna norma aplicable con motivo de la prestación de tal servicio o a virtud de la circulación del automotor.
2.- Retiren el material de construcción relativo a la ampliación de banqueta reclamada y dejen como originalmente estaba el espacio sobre el cual se ejecutó esa obra; y se abstengan de realizar diversa construcciones en ese lugar.”