Causa Común califica como insuficiente la Ley de Amnistía aprobada en el Senado

Redacción

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CDMX.- La propuesta de Ley de Amnistía aprobada por el Senado en medio de la contingencia por el Covid19, «no es suficiente para enfrentar el problema de las personas privadas de su libertad por delitos menores, así como para afrontar el hacinamiento en las cárceles ante el Coronavirus», alertaron los integrantes del organismo ciudadano Causa en Común.

Indicaron que ante la velocidad con lo que avanza la pandemia en el país, “esta propuesta se pudiera convertir en letra muerta en el caso de que fallezcan las personas en prisión a causa de factores burocráticos y a la naturaleza misma de la ley cuyo periodo de implementación no pudiera ser tan rápido como la situación lo requiere”.

María Elena Morera, presidenta de Causa en Común, considera que ante la crisis sanitaria que hoy vivimos, el Estado se encuentra obligado a implementar todos los mecanismos que de forma ágil y eficiente garanticen el derecho a la salud de las personas privadas de la libertad, y si bien la propuesta tiene importantes fines de justicia, se requieren respuestas más adecuadas.

Aplicar la figura del indulto otorgaría un mejor resultado, ya que se puede actuar de manera más inmediata, a diferencia de la Ley de Amnistía que establece mayores plazos para su implementación”, precisa Morera.

A través de un boletín, Causa en Común destaca que, ya que la iniciativa sólo tendrá alcance para los delitos del orden federal y no para los sentenciados en el ámbito local, se debe implementar de forma inmediata una política en todo el país que resuelva la situación de vulnerabilidad en la que se involucren a las personas privadas de la libertad por delitos del fuero común, así como revolver el abandono que existe en los penales, ya que viven una permanente fragilidad en términos sanitarios y de seguridad.

Si se decide seguir por el camino de la Ley de Amnistía, es indispensable hacer una revisión integral de los plazos de la propuesta de ley para garantizar la celeridad en su implementación o, al menos, que administrativamente se acelere su ejecución.

Para la presidenta de la organización civil, no resolver de manera inmediata la excarcelación de reos de baja peligrosidad que pertenezcan a grupos vulnerables, “pone al país en una situación de vulneración sistemática del derecho a la salud de las personas en prisión, así como en un escenario de posibles motines y escapes por la desesperación de los internos”.

Los beneficiados de la amnistía deben cumplir con 3 condiciones:

  • Que la sentencia en firme que tenga el inculpado sea la primera
  • Que no se haya cometido delito de privación de la vida, secuestro o delitos contra la integridad personal y,
  • No hayan utilizado o empleado armas de fuego.

 

 

¿CUÀLES DELITOS PERDONARÁN CON  LA APROBADA LEY DE AMNISTÍA?

 

  • La ley contempla liberar a personas que hayan sido procesadas en el fuero federal por delitos contra la salud, como portación de drogas, aborto y robo simple y sin violencia ni armas de fuego.
  • El aborto incluye a la mujer que interrumpió el embarazo, a los médicos, cirujanos, comadronas o parteras, practicantes del procedimiento
  • Los delitos contra la salud, por posesión y transporte de narcóticos en los casos que se trate de personas en estado de vulnerabilidad
  • Los delitos cometidos por integrantes de los pueblos indígenas a quienes no se haya garantizado el debido proceso.
  • También aplica para aquellos condenados por robo simple sin violencia y no reincidente y para los presos políticos condenados por sedición, con excepción del terrorismo.
  • No se concederá el beneficio de esta ley a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal, ni a quienes cometieron el delito de secuestro, o cuando se hayan utilizado armas de fuego en la comisión del delito.

 

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