¡Estaciónate en un solo sentido!, ‘es regla’ que ya hay que acatar en San Miguel de Allende

Redacción

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SAN MIGUEL DE ALLENDE. – A partir de ahora, hay que estacionarse en un solo sentido y más si usas estas calles: Ancha de San Antonio, San Francisco, Insurgentes, Calzada de la Luz, Calzada de la Aurora y Avenida Guadalupe, donde según la Comisaría de Tránsito municipal y Movilidad, es donde se dan más infracciones por no respetar las normas y señalamientos de tránsito.

Es la campaña «Estaciónate Correctamente», iniciada hoy por la Secretaría de Seguridad Pública, a través de la Comisaría de Tránsito y Movilidad, con el fin de concientizar a los automovilistas a que sean responsables y respeten los señalamientos y reglas de tránsito, para que no se arriesguen y no arriesguen a más personas a tener un accidente.

Samuel Mercadillo, Comisario de Tránsito y Movilidad explicó que la única forma de garantizar el respeto por la seguridad e integridad de los demás, disminuir las estadísticas de accidentalidad es una: Cumplir con la normatividad de Tránsito.

Por eso, los elementos de la Comisaría convocan a los conductores a cumplir con el Reglamento de Tránsito y Vialidad; que marca las obligaciones, prohibiciones, faltas e infracciones.

El llamado es: no circular en sentido contrario de la vialidad, estacionarse en el sentido que lleva la circulación, no estacionarse en lugar prohibido y mucho menos bloquear las rampas para personas con discapacidad, cocheras autorizadas o evitar estacionarse fuera de limite. De las fallas recurrentes está el ocupar lugares no correspondientes al tipo de vehículo que conduce.

La campaña ya comenzó en las calles antes mencionadas, y si tú eres de los que andan en auto por San Miguel, para que tránsito municipal no te infraccione por estar mal estacionado, va el reglamento de transito y movilidad.

REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y VIALIDAD

Capítulo VII de las obligaciones, prohibiciones, faltas e infracciones del conductor, operador y propietario.

Articulo 39.- Son sujetos obligados de cumplir con las obligaciones del presente Reglamento los conductores, operadores y propietarios de toda clase de vehículos. 

A observar las reglas sobre circulación contenidas en este reglamento y las establecidas en la ley de Movilidad del Estado de Guanajuato y sus Municipios, al contravenir estas disposiciones el conductor operador cometerá una inflación y se hará acreedor a la o las sanciones que para tal efecto señale este reglamento.

Articulo 40.- El conductor y operador podrá estacionar su vehículo en la vía pública, solamente en los lugares permitidos, cuando no se obstruya la circulación vial, dentro de los horarios, días autorizados, el tiempo máximo permitido establecido en los señalamientos y en tal caso que se haya cubierto el costo en las zonas donde existan estacionómetros o cualquier otro sistema de medición del tiempo de estacionamiento.

Articulo 45.- Los conductores y operadores deberán evitar conducir negligentemente, de manera temeraria y sin la debida precaución, además deberán:

9.  Estar estacionado en a menos de diez metros de las esquinas, aun cuando no exista señalamiento. 

11. Estacionar en zonas o vías públicas en donde exista un señalamiento prohibitivo para este efecto.

15. Estar estacionado en doble fila.

16. Estar estacionado en sentido contrario.

20. Estar estacionado en carriles destinados a la circulación de vehículos o sobre la superficie de rodamiento de cualquier vía de pública.

45. Obstruir los carriles de circulación destinados al tránsito de vehículos, bicicletas y áreas destinadas a peatones.

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